Tramitación del Contrato de Formación

¿Cómo tramitar el contrato de formación en 2020?

 

Antes de explicarte cómo tramitar el nuevo contrato de formación y aprendizaje en 2020, te recordamos varias características de este modelo de contrato, que se deben tener en cuenta a la hora de realizar la selección de personal:

  • La modalidad de impartición es online (teleformación). El trabajador deberá tener las competencias tecnológicas mínimas para realizar una formación online y acceso a Internet.
  • La formación es reglada, es una formación oficial de Certificado de Profesionalidad. Para determinadas acciones formativas se requerirá un nivel académico mínimo de acceso para el trabajador.
  • Al ser un título oficial el que obtendría el trabajador si supera la formación, el SEPE vigila el cumplimiento de todos los aspectos relacionados con ésta, así como la participación activa por parte del alumno. Se recomienda informar sobre la parte formativa a los candidatos y solo formalizar el contrato con aquellos que se comprometan a realizar la formación.

Así mismo, como empresa, sólo es aconsejable formalizar el contrato de formación y aprendizaje cuando la empresa se comprometa a respetar el tiempo de formación y de trabajo efectivo del trabajador.

Una vez seleccionado, el trabajador debe aportar para hacer el contrato:

  • Fotocopia de DNI.
  • Nº de Seguridad Social.
  • Justificante de inscripción en el SEPE como demandante de empleo.
  • Certificado de finalización de la ESO (sólo cuando la formación del Certificado de Profesionalidad sea de nivel 2).

CALIDAD

PROFESIONALIDAD

RESPUESTA RÁPIDA

PASO 1

 

Contactar con ACORIM, su centro de formación acreditado

  • Facilitar perfil de la empresa y trabajador, así como el puesto a desempeñar, para que podamos asesorarte sobre el contrato de formación, la formación más adecuada para dicho perfil y revisar que el trabajador cumple los requisitos para su realización.
  • Envíanos la ficha de inscripción, que podrás descargar en nuestra web, con todos los datos necesarios para solicitar la autorización de inicio del contrato de formación.

¡Novedad! Ahorra tiempo tramitando tu solicitud desde tu zona privada, con la nueva solicitud digital para el contrato de formación.

  • Una vez recibidos los datos, nuestro centro de formación solicitará la Autorización de Inicio de la formación al Servicio Público de Empleo correspondiente. Éste tendrá que confirmar la autorización de forma telemática, a través del aplicativo del SEPE, como máximo tendrán el plazo de un mes. En el caso de que no respondan, pasado el mes, se entenderá que está aceptada la formación por silencio administrativo positivo. Gran parte de las Delegaciones de Empleo están respondiendo a la solicitud de autorización en cuestión de días, por lo que se están pudiendo agilizar todos los trámites necesarios para dar el alta del contrato.
  • En cuanto obtengamos la autorización de inicio, nos pondremos en contacto contigo para que realices el alta del contrato. Importante: no debes realizar el alta antes de obtener la autorización, es imprescindible haberla obtenido previamente para formalizar el contrato (artículo 16 del RDL 1529/2012).

PASO 2

 

Gestiones en la Tesorería General de la Seguridad Social

    • Solicita el Código de Cuenta de Cotización (C.C.C.) específico para el contrato de formación utilizando el Modelo TA-7. Acompáñalo del TA-6 (nº de cuenta principal de la empresa). Esta gestión también se puede hacer de forma telemática.
    • Presenta el parte de alta (modelo TA-2) del trabajador, con carácter previo al inicio del contrato (TA-1, si el trabajador no tiene número de afiliación).

Importante: si el trabajador esta inscrito en Garantía Juvenil, deberás reflejarlo en el alta de Seguridad Social obligatoriamente, a través de la Casilla Beneficios, con el valor 01.

Recuerda marcar la Casilla Cond. Desempleado, con el valor 1. Si no lo haces, el sistema no aplicará la bonificación de los seguros sociales posteriormente.

PASO 3

 

Trámites con el Servicio Público de Empleo Estatal

  • Contrato de trabajo para la formación y el aprendizajeModelo con código 421. Modelo 450 si el joven está inscrito en Garantía Juvenil. No se podrá iniciar el contrato hasta que nuestro centro os comunique que se cuenta con la autorización de la acción formativa.
  • Adjuntar el Anexo I, Acuerdo para la Actividad Formativa. Llama a ACORIM, nuestro equipo te lo gestionará en unos minutos y te ayudará a cumplimentar todos los documentos.

PASO 4

 

Remitir a ACORIM, su centro de formación

  • Fotocopia legible y huella electrónica del contrato de formación y aprendizaje.
  • Anexo I, firmado por empresa y trabajador.
  • Domiciliación bancaria de la empresa: código IBAN + 20 dígitos.

Te recordamos que, tanto el contrato, como el Anexo I, deben estar firmados y sellados por el SEPE.

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