Suspensión pago Alquiler
DEBIDO A FUERZA MAYOR – COVID19
SUSPENSIÓN DEL PAGO DEL ALQUILER
Negociamos tu contrato de alquiler con el propietario, para llegar a un acuerdo amistoso de suspensión de las cuotas, o rebaja, mientras dura la fuerza mayo.
En caso de negativa se iría a los Tribunales para solicitar la suspensión del contrato de alquiler debido al COVID19.
CONSÚLTANOS
Negociamos por tí con el propietario
- Opción 1: Solicitud de suspensión del contrato de alquiler hasta que finalice el Estado de Alarma o hasta que la empresa se recupere con un máximo de 4 meses.
- Opción 2: Subsidiariamente, solicitud de moratoria de las mensualidades de alquiler igualmente hasta un máximo de 4 meses o reducción al 50% de las mismas.
- Opción 3: Negociar con el propietario de forma amistosa un plan de pagos flexible y ajustado a la situación.
CALIDAD
PROFESIONALIDAD
RESPUESTA RÁPIDA
Somos Abogados especialistas
Podrás contar con toda nuestra experiencia en reclamaciones y negociaciones, para aclarar cualquier tipo de duda que puedas tener.
Asesoramiento Rápido y Personalizado
En el momento que contrates el servicio, se pondrá en contacto uno de nuestros abogados para comenzar a tramitarlo. Podrás tener acuerdo con el alquiler en el menor tiempo posible.
PREGUNTAS MÁS FRECUENTES
No puedo abrir mi negocio, ¿tengo que seguir pagando alquiler?
El cese de actividad o la brusca caída de los ingresos están afectando a muchos negocios. Tanto es así que numerosos autónomos y pequeños empresarios se declaran incapaces de afrontar el pago del alquiler de un local que, en estos momentos, no están explotando. Las medidas extraordinarias en materia económica dictadas por el ejecutivo a raíz de la crisis sanitaria del COVID-19 no contemplan esta situación de manera que, en principio, tu obligación es seguir pagando la renta. No obstante, existen distintas vías para alcanzar una moratoria en este concepto en el escenario actual.
¿Qué opciones tengo?
- Puedes seguir pagando el alquiler como hasta ahora.
- Puedes contratar los servicios de un Despacho de Abogados para negociar en tu nombre la suspensión o reducción del alquiler.
En caso de contratar los abogados de ACORIM, ¿qué puedo conseguir?
Se abrirían 2 vías, una extrajudicial que sería una negociación directa con el propietario del inmueble y en caso de que no fuese fructuosa, la vía judicial presentando una demanda.
Si la vía Extrajudicial se consigue un buen acuerdo de forma amistosa que beneficie a ambas partes, todo se hará más rápido. Aquí se puede conseguir desde una suspensión de cuotas hasta que el negocio vuelva a generar ingresos, o una reducción en el importe del alquiler.
La vía Judicial siendo más lenta, una solicitud de moratoria de las mensualidades de alquiler igualmente hasta un máximo de 4 meses o reducción al 50% de las mismas, basándonos en la Doctrina “rebus sic stantibus”, ya aplicada por el Tribunal Supremo en algunos casos en la crisis de 2008, que permite la revisión de las obligaciones y contratos cuando, por circunstancias sobrevenidas, se ha roto el equilibrio económico del contrato y a una de las partes le resulta imposible o muy gravoso su cumplimiento.